martes, 17 de julio de 2012

El IVA y el principio del devengo

El IVA, impuesto sobre el valor añadido, o VAT en muchos países, es el mejor ejemplo para entender el principio del devengo y los problemas derivados del mismo.


Caso práctico:
La sociedad 2+2, S.L. compra un vehículo por 100.000€ a pagar en 60 días y lo vende a cobrar en 30 días por 120.000€.

 Todo va bien, los proveedores nos financian y con la venta podremos pagarlos, es decir, COBRO de mi cliente y le PAGO a mi proveedor lo que le debo. Debo, no obstante liquidar el IVA, un 21%, es decir, 25.200€, o sea, mi cliente debe pagar 145.200€ de los cuales 120.000€ son para mi y 25.200€ son para la Hacienda Pública.
Si los plazos son los acordados no hay problema, con lo que obtenga liquido proveedores e impuestos y mi beneficio 20.000€ queda para mi... pero ¿qué ocurre si mi cliente no me paga a tiempo?

a- Tengo una deuda con mi proveedor: si no le pago a tiempo puede demandarme o no servirme más vehículos --->; mi negocio se hunde.

b- Más grave (y absurdo): Tengo que pagar un impuesto de 25.200€, que AÚN NO HE COBRADO, a la Hacienda Pública que pude bloquear mis cuentas hasta cobrar por una transacción finalizada pero NO COBRADA --->; mi negocio se hunde también.

 ¿Consecuencia? un impuesto, en el que una empresa actúa de intermediario o recaudador y no como beneficiario aumenta el riesgo en los casos de impago de forma notable... y todo ello debido al principio del devengo.
¿Es importante o no el principio del devengo?

 2012 ©Alfonso Pulido Velasco